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Así es como muchos latinoamericanos se están mudando a Israel

Los latinos pueden solicitar la conversión al judaísmo a través de un tribunal rabínico reconocido por el Gran rabinato de Israel y hacer uso de la 'ley de retorno' para establecerse en Israel.

Israel es un destino muy popular para los viajeros que desean explorar la ‘Tierra Santa’ de una de las tres religiones más importantes del mundo. Además, es muy famoso por los expatriados que se mudan al país para estudiar o trabajar, así como la diáspora judía, para quienes el gobierno israelí ha hecho que sea muy fácil mudarse y establecerse.

Esto ha hecho que muchos latinoamericanos utilicen ‘la ley del retorno” para emigrar a Israel. Según la “Ley del retorno” establecida en Israel desde 1950, todos los descendientes de judíos hasta tercera generación tienen derecho a emigrar a Israel y recibir la ciudadanía en un proceso que se conoce como “aliá”.

Así, quienes se convierten al judaísmo a través de un tribunal rabínico reconocido por el Gran rabinato de Israel, también están cubiertos por la Ley del retorno. Aquellos que realizan la conversión a través de algunas comunidades judías conservadoras o reformistas no son reconocidos como judíos ante Israel y por la tanto no están cobijados por la Ley del retorno.

Actualmente en varios países latinoamericanos como Argentina, México, Uruguay y Colombia se realizan muchas conversiones de personas dispuestas a hacer un cambio drástico en su forma de vida para convertirse al judaísmo y luego emigrar a Israel.

Conversión al judaísmo en Israel patrocinada por el Estado

La conversión permite a los ciudadanos extranjeros no judíos convertirse al judaísmo. Los conversos también se consideran judíos en términos de la Ley de Retorno. Por lo tanto, son elegibles para emigrar a Israel. 

Esta forma de inmigración está abierta a ciudadanos no judíos y residentes de Israel que no sean palestinos o residentes de Jerusalén oriental.  Aquellos que no son ciudadanos ni residentes de Israel pueden solicitar una conversión patrocinada por el estado. Los extranjeros deben presentar una solicitud ante el Comité de Excepciones. Deben alegar circunstancias especiales que justifiquen la conversión del estado.

La conversión del estado no es automáticamente reconocida como válida por las autoridades israelíes. Por el contrario, a otras formas de conversión al judaísmo. La conversión hecha por comunidades judías reformistas o conservadoras fuera de Israel a menudo no es reconocida por el Ministerio del Interior. Incluso la conversión por una comunidad ortodoxa reconocida o por un rabino de la lista reconocida es necesaria para someterse a una evaluación y no es automática.

Conversión al judaísmo patrocinada por el estado (principalmente para ciudadanos israelíes y residentes permanentes)

Cualquier persona que busque someterse a una conversión está sujeta a las Reglas de Discusión sobre las Aplicaciones de Conversión 2016. De acuerdo con ellas sólo los ciudadanos israelíes y los residentes permanentes pueden comenzar los procedimientos de conversión.

Los ciudadanos extranjeros que deseen vivir en Israel y busquen iniciar un proceso de conversión pueden presentar una solicitud ante el Comité de Excepciones para Ciudadanos Extranjeros. Este comité está compuesto por representantes del Ministerio del Interior, del Departamento Legal de la Oficina del Primer Ministro y un representante del Gran Rabino israelí que está a cargo de ésta área.

El solicitante debe abrir un archivo de conversión mediante un formulario en línea, adjuntar una fotocopia de un documento de identidad/pasaporte. Después debe enviarlo al Tribunal de Conversión Regional en su región. También deben hacer una llamada telefónica para asegurarse de que el archivo se haya abierto.

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Los no residentes y los no ciudadanos deben presentar una solicitud ante el comité de excepciones

Los solicitantes que no sean ciudadanos israelíes o que no sean residentes permanentes en Israel están sujetos a la Regla D de las Reglas de Discusión. Dicha regla estabelece lo seguiente:

«Ciudadano extranjero» es una persona que no es ciudadano israelí o que no tiene una licencia de residencia permanente en Israel.

No se iniciarán procedimientos de conversión para ciudadanos extranjeros, no serán remitidos a estudios de conversión y no serán convertidos por el tribunal, salvo en circunstancias especiales y de la manera detallada a continuación:

En circunstancias especiales y después que se presente una solicitud por escrito para iniciar un proceso de conversión para un ciudadano extranjero, el Comité de Exccepciones examinará la solicitud.

El Comité de Excepciones discutirá la solicitud e informará su decisión por escrito a la autoridad de conversión y al solicitante; el comité se comunicará con las autoridades policiales para obtener información con respecto a la aplicabilidad a la sección 2 (B) de la Ley de Retorno 1950.   Si se rechazara la solicitud del solicitante, él puede solicitar al comité que reconsidere su decisión, en vista de nuevas razones o hechos que no estaban previamente en su poder.

Si dicha solicitud para iniciar procedimientos de conversión para un ciudadano extranjero ha sido aprobada, la solicitud de conversión se manejará como cualquier otra solicitud.

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