España es conocida por su estilo de vida relajado, centrado en la familia, los amigos y el tiempo libre.
Los españoles se toman la siesta muy en serio, y muchas tiendas y negocios cierran por la tarde para tomar un descanso.
Esta actitud relajada hacia el trabajo y la vida puede ser un cambio bienvenido para quienes están acostumbrados al ajetreo y el bullicio de la vida urbana en América Latina.
En comparación con otros países europeos, el coste de vida en España es relativamente asequible.
La vivienda, la comida y el transporte tienen precios razonables, lo que la convierte en un destino atractivo para jubilados, expatriados y nómadas digitales.
Esta ventaja de vivir en España es cada vez más fuerte, convirtiéndose en un punto clave en la decisión de muchas personas de establecerse en el país.
Por todo lo anterior y si tienes familiares en España, podrías disfrutar de la gran calidad de vida que ofrece esta nación del viejo continente. Desde Q’Pasa te contamos lo que debes hacer para obtener la residencia española.
Reagrupación familiar
El visado de reagrupación familiar es el procedimiento de inmigración mediante el cual un ciudadano no europeo con permiso de residencia en España puede traer a sus familiares al país; concediéndoles una autorización de residencia y trabajo.
Es importante tener en cuenta que sólo aquellos extranjeros en España que hayan renovado su autorización de residencia inicial son elegibles para iniciar este trámite.
Es decir, si llevas menos de un año en España de forma legal, no podrás reagrupar a tus familiares. Deberás disponer de un permiso de residencia renovado.
Además, y como norma general, es necesario que demuestres que el familiar que quieres traer a España depende económicamente de ti. Más adelante en este artículo veremos cómo se hace exactamente.
A quiénes puedes reagrupar
Según las autoridades españolas sólo podrás reagrupar a tus padres o suegros (ascendientes), llevar a tus hijos o a los hijos de tu pareja (descendientes), y a tu cónyuge o pareja de hecho.
El procedimiento general para reagrupar familiares es siempre el mismo.
La única diferencia radica en los requisitos o documentos específicos que se solicitan según el familiar que deseamos reagrupar.
Así que vamos a explorar todos los diferentes casos posibles, uno por uno.
Aquí podrás encontrar una guía completa de cómo traer a tu familia a España.
Tus hijos
Es muy importante tener en cuenta que sólo puedes reagrupar a niños menores de 18 años.
Si eres ciudadano español o comunitario, puedes reagrupar a tus hijos hasta los 21 años, ya que se trata del trámite de visado de familiar de ciudadano comunitario, que se enmarca en el régimen comunitario.
Para el visado de reagrupación familiar, la única ocasión en que será posible reagrupar a hijos mayores de 18 años, será si el menor es discapacitado y necesita que sus padres estén a cargo de él.
Para reagrupar a tus hijos será imprescindible demostrar que dependen económicamente de ti (padre o madre). No será posible traerlos si tienen un contrato de trabajo.
Para demostrar la dependencia económica, puedes demostrar cómo se han realizado transferencias de dinero durante los últimos años.
Cómo reagrupar a tu esposo (a)
El artículo 53.b. de la Ley de Extranjería permite reagrupar tanto a su cónyuge (marido o mujer) como a cualquier persona con la que tenga un vínculo afectivo similar.
Es decir, también es posible reagrupar a su pareja de hecho
También se aceptan para la reunificación las parejas o matrimonios del mismo sexo.
Lo más importante que debes tener en cuenta para traer a tu pareja o cónyuge es presentar el certificado de matrimonio o registro de unión civil. Este es el documento que valida el vínculo afectivo.
Además, también será útil presentar un certificado de empadronamiento o contrato de alquiler que demuestre que ambas partes viven juntas.
Asegúrese de que ninguno de los dos individuos esté ya registrado como casado o en unión civil con otra persona.
Además, si alguno de los dos estuvo casado anteriormente, necesitará una resolución judicial que explique la situación y la nulidad de la unión anterior.
Cómo reagrupar a tus padres y suegros
La reagrupación de padres o suegros puede convertirse en uno de los trámites más complejos, ya que los requisitos son bastante estrictos.
Los ascendientes a reagrupar (padres o suegros), deben ser mayores de 65 años, estar a cargo del reagrupante y debe existir una razón suficiente para reagruparlos (por ejemplo, que necesiten cuidados intensivos debido a su avanzada edad).
Nuevamente, para demostrar la dependencia económica, será necesario demostrar que durante los últimos meses el reagrupante ha transferido dinero al reagrupado o se ha hecho cargo de sus gastos significativos.
Sin embargo, usted, como reagrupante, también deberá cumplir ciertos requisitos para poder reagrupar a sus padres.
En este caso concreto, deberás disponer de una tarjeta de residencia de larga duración o de una tarjeta de larga duración UE, es decir, deberás haber residido en España un mínimo de 5 años para poder reagrupar a tus padres.
Al momento de la solicitud, debes presentar tu acta de nacimiento para demostrar que efectivamente son tus padres.
O, en su defecto, si son los suegros los que se reagrupan, el acta de matrimonio con su cónyuge y su acta de nacimiento.