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Si eres creador de contenido este tipo de visa te permite vivir permanentemente en EE. UU.

Se trata de la visa no inmigrante O-1 para personas que demuestren un récord de logros extraordinarios que hayan sido reconocidos nacional e internacionalmente.

Millones de personas y pequeños negocios crean contenido para sus redes sociales cada día.

Los creadores de contenido es una de las categorías de negocios pequeños que más crece cada año.

Existen alrededor de 50 millones de artistas (músicos, fotógrafos, diseñadores de moda y cineastas) que participan en un mercado estimado en $100 mil millones de dólares.

Se trata de la visa no inmigrante O-1 para personas que demuestren un récord de logros extraordinarios en la industria de películas o industria televisiva y que hayan sido reconocidos nacional e internacionalmente.

Esta visa tiene las siguientes categorías que usted debe conocer:

  • O-1A: personas con habilidades extraordinarias en las ciencias, educación, negocios o atletismo (sin incluir las artes, la industria de películas o la industria televisiva)
  • La O-1B: personas con habilidades extraordinarias en las artes o logros extraordinarios en la industria de películas o la industria televisiva
  • O-2: personas que acompañarán al artista o atleta O-1 a asistir un evento o presentación específica.
  • La O-3: Cónyuge o hijos(as) de los no inmigrantes O-1 u O-2.

Criterios generales de elegibilidad

Para cualificar para una visa O-1, el beneficiario deberá demostrar habilidades extraordinarias por aclamación nacional e internacional.

Debe ir temporalmente a Estados Unidos para continuar trabajando en el área de su habilidad extraordinaria.

Para cualificar para una visa O-1 en la industria de películas o en la industria de la televisión, el beneficiario debe demostrar logros extraordinarios comprobados por un grado de destreza.

“Debe tener un reconocimiento significativamente en la industria de películas o la industria televisiva, que significa un logro alto en la industria de películas o la industria televisiva por encima de lo comúnmente encontrado”, se lee en los requisitos.

Para información detallada acerca de cómo USCIS evalúa la evidencia para determinar la elegibilidad a la categoría O-1B, incluidos ejemplos y consideraciones, vea el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 2, Parte M, Capítulo E y Apéndice: Satisfacer los Requisitos de Evidencia de O-1B.

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Proceso de Solicitud O-1

Un empleador estadounidense, agente estadounidense o empleador extranjero a través de un agente estadounidense debe presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante a nombre suyo.

Lo anterior, junto con la evidencia requerida de acuerdo con las instrucciones del formulario.

Su empleador o agente no puede presentar la petición con más de un año de anticipación a la fecha en realmente necesita sus servicios.

Para evitar retrasos, debe presentar el Formulario I-129 por lo menos 45 días antes de la fecha de empleo.

El peticionario debe proporcionar una opinión consultiva escrita por un grupo de pares (colegas) (incluidas organizaciones laborales) o personas designadas por el grupo con especialidad en su área de habilidad.

Si la petición O-1 es para una persona con logros extraordinarios en la industria del cine o de la televisión, la opinión consultiva debe provenir de un sindicato correspondiente y una organización de gestión con experiencia en el campo de destrezas del beneficiario.

Evidencia para demostrar elegibilidad un O-1

El peticionario debe demostrar evidencia de su habilidad extraordinaria en las ciencias, artes, empresas, educación, deportes, o logros extraordinarios en la industria del cine.

El expediente debe incluir, por lo menos, tres tipos diferentes de documentación correspondiente a las indicadas en las regulaciones, o evidencia comparable en ciertas circunstancias.

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La evidencie debe, en su totalidad, demostrar que usted cumple con los estándares correspondientes para la clasificación.

Puede encontrar información detallada sobre cómo USCIS evalúa la evidencia para determinar la elegibilidad en el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 2, Parte M, Capítulo 4.

Otra visa en auge en EE. UU

La visa para startups, está disponible de inmediato para los creadores de empresas emergentes de todo el mundo y aquellos que ya se encuentran en los Estados Unidos.

Representa un momento emocionante en la historia de la inmigración en Estados Unidos, ya que es lo más cerca que se ha estado a tener una visa específicamente para emprendedores extranjeros con fondos de inversionistas.

Para acceder a la visa de Inversionista E-2 se debe cumplir con los siguientes siete requisitos:

  • Ser ciudadano de un país con Tratado
  • Haber invertido en un monto Substancial
  • Origen de fondos
  • Demostrar que desarrollará y dirigirá las actividades de la empresa o emprendimiento
  • Los inversionistas deben demostrar que tienen una participación equivalente al cien por ciento de la misma, o al menos del 50 por ciento de un negocio o empresa
  • La inversión debe ser en un emprendimiento operativo real y no marginal
  • El emprendimiento comercial, debe garantizar y fomentar la creación de empleos.
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