Para nadie es un secreto que Estados Unidos es uno de los países más cuidadosos en lo que a sus leyes migratorias respecta; de hecho, conseguir la vida para la nación yankee, puede llegar a ser un desafío inalcanzable para muchos que tienen el deseo de visitar al país del tío Sam.
Así las cosas, los protocolos de inmigración juegan un papel importante en la seguridad que brinda el gobierno estadounidense. Por lo tanto, al no cumplir con las reglas de la visa, su solicitud puede ser rechazada.
La razón más obvia para el rechazo de la visa es la falta de documentos o información que no prueba su elegibilidad para visitar el país deseado. No solo estropeará su entusiasmo, sino que también saboteará sus futuras posibilidades de aprobación de visa.
Por eso y para precisamente evitar ser rechazado nuevamente en tu nueva aplicación hay algunos puntos para tener en cuenta.
Los primeros pasos
Lo primero que debes saber es que hay varias restricciones impuestas en ciertos tipos de visas en términos de volver a aplicar. Algunas visas estadounidenses, como la visa B-2 para turistas o visitantes temporales, no establecen un límite en la cantidad de veces que un solicitante puede volver a presentar una solicitud.
Si no cumple con los requisitos para una visa, debe presentar una nueva solicitud de visa y pagar la tarifa correspondiente nuevamente. La tarifa pagada anteriormente no es reembolsable y se aplica solo a la solicitud anterior que fue rechazada.
Si se le denegó en virtud de la sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), debe mostrar pruebas de que se han producido algunos cambios significativos desde que presentó su solicitud, que el oficial consular ha desaprobado. Los cambios importantes deben probar la existencia de una circunstancia, que no pudo probar antes y por la cual fue denegado anteriormente.
Una denegación de visa bajo esta sección puede ser la consecuencia de los siguientes defectos:
- No logró convencer al oficial consular de que califica para una visa de no inmigrante; o
- No superó la presunción de intención de inmigrante , como cuando no estableció suficientes vínculos con su país de origen que lo obliguen a regresar a su hogar al vencimiento de su visa de visitante temporal. Los solicitantes de visas H-1B y L, junto con su cónyuge e hijos menores no están obligados a superar la presunción de intención de inmigración.
Falta de documentación
Además, si se le negó la visa de EE. UU. bajo la Sección 221 (g) de INA, no necesita presentar una nueva solicitud. La sección 221(g) de INA requiere que sus documentos de respaldo y su solicitud deben estar completos en esencia y forma para que un funcionario consular adquiera toda la información necesaria para determinar si usted es elegible o no para una visa estadounidense.
Si no cumple con los requisitos previos de esta sección, no se le considerará inelegible, pero su caso quedará pendiente hasta que presente los documentos faltantes. Tiene un (1) año, desde el momento en que se rechazó su solicitud, para enviar la información faltante. Si ha pasado un año sin que se presenten los requisitos adicionales, deberá presentar una nueva solicitud y pagar otra tarifa.
Información que debe tener en cuenta
Para este y otros casos de negado de visa o de una sanción, las autoridades consulares tendrán en cuenta el antecedente de que la visa fue negada en el pasado.
Esto significa que probablemente deba hacer un mayor esfuerzo en su siguiente intento de conseguir la visa. En caso de que su visa sea rechazada, el oficial consular le puede sugerir aplicar a un permiso o perdón; cuando esto ocurra podrá presentar nuevamente la petición, aunque esto no es garantía de que será aprobada.