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¿Dónde es legal y prohibido el aborto en América?

En Latinoamérica hay cinco países que recogen el derecho al aborto en su legislación. El resto lo permiten bajo una serie de supuestos, y otros cinco lo prohíben en todas las circunstancias.

El aborto siempre ha sido un tema sensible sea cual sea el lugar del mundo donde se toque, pues siempre hay quienes están de acuerdo y quienes están en total oposición sobre la medida.

Igualmente, muchos lo consideran un derecho y un avance ‘político-social’ por la libertad de acción que ello representa, sin embargo, no es esta la única arista que cobra importancia en la diatriba, especialmente para aquellos con fundamentos religiosos.

En este sentido, el aborto ha estado nuevamente en la palestra pública mundial luego de que el 24 de junio, en una decisión histórica, la Corte Suprema de Estados Unidos anuló el caso Roe contra Wade, considerando que ya no existe el derecho constitucional federal al aborto.

Es decir que, en adelante, el derecho al aborto lo determinarán los estados, a menos que el Congreso actúe.

El dictamen es la decisión más importante del Tribunal Supremo en décadas y transformará el panorama de la salud reproductiva de las mujeres en Estados Unidos.

Casi la mitad de los estados ya han aprobado o aprobarán leyes que prohíben el aborto, mientras que otros han promulgado medidas estrictas para regular el procedimiento.

Países que permiten el aborto en América Latina

Con esta disposición, las voces de desacuerdo en Latinoamérica no se hicieron esperar pues el avance del movimiento feminista en los países de Latinoamérica es cada vez más palpable y con él, los derechos de las mujeres a abortar o interrumpir voluntariamente su embarazo.

En esta región hay cinco países que recogen el derecho al aborto en su legislación. El resto lo permiten bajo una serie de supuestos, y otros cinco lo prohíben en todas las circunstancias.

México

El último país en proteger la despenalización de ciertas formas del aborto ha sido México, gracias a varias resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El 26 de mayo invalidó que la Constitución de Nuevo León, uno de los estados del norte del país, considerara al feto como nacido “desde el momento de la concepción”.

El órgano judicial también blindó el 24 de mayo la posibilidad de abortar en todas las instituciones públicas del país a niñas menores de 12 años sin el consentimiento de sus padres. Siempre y cuando el embarazo sea fruto de una violación.

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México es uno de los cinco países de América Latina que recoge el derecho al aborto en su legislación, junto con Argentina, Colombia, Cuba y Uruguay. El resto lo permiten bajo una serie de supuestos, y otros cinco lo prohíben en todas las circunstancias.

Argentina

Casi a principios de 2021, Argentina aprobó su ley para despenalizar el aborto. El país permite la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación para todas las mayores de 16 años, como recoge el Gobierno argentino en su página web.

Además, si el embarazo es resultado de una violación, las menores de 13 años no necesitan hacer una declaración jurada ante un tribunal.

Colombia

Colombia se sumó a esta despenalización el 21 de febrero de 2022 tras una sentencia de la Corte Constitucional en la que especifica que el aborto está permitido hasta las 24 semanas de gestación.

Es decir, hasta los seis meses, y para todas aquellas personas mayores de 14 años. El órgano añadió que en el caso de que se diera alguno de estos tres supuestos, inviabilidad de la vida del feto, peligro para la gestante, o embarazo por violación, ese límite de 24 semanas no es aplicable.

Cuba

Cuba fue el primer país de América Latina y el Caribe en despenalizar el aborto. Luego de la Revolución de 1959, en 1961 el país sacó de la clandestinidad la práctica y en 1965 creó la base legal para que pudiera realizarse en el marco del Sistema Nacional de Salud.

Eso sí, aunque actualmente no exista una ley de aborto, la legislación cubana penaliza el aborto dentro del Código Penal de Cuba cuando este se lleva a cabo por lucro, se efectúa sin consentimiento de la mujer o en condiciones que puedan llevar a la amenaza de la vida y la salud de esta.

Asimismo, si la gestación lleva más de 12 semanas, el consentimiento debe ser otorgado solo por los servicios médicos apropiados. Finalmente, si una mujer menor de 16 años sin casarse desea abortar, este procedimiento debe contar con el consentimiento de los padres o tutor legal.

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Uruguay

Uruguay es uno de los pioneros en América Latina, junto con Cuba, en autorizar esta medida. En el país, la ley N° 18.987 que empezó a regir en octubre de 2012, permite la interrupción del embarazo en las primeras 12 semanas de gestación, si se realiza en centros de salud estatales y privados luego de cumplir una serie de trámites y chequeos profesionales.

Los tres supuestos para abortar están presentes en la mayoría de los países de Latinoamérica

Nueve países latinoamericanos recogen en su legislación que el aborto solo es impune bajo una serie de supuestos. Por ejemplo, si la vida de la gestante corre peligro, si la vida del feto es inviable o si el embarazo ha sido producto de una violación.

El supuesto único más repetido para la realización de un aborto es si la vida de la mujer corre peligro. Así lo recogen los códigos penales de Costa Rica (artículo 121), Guatemala (art. 137), Paraguay (art.  352), Perú (art. 119) o Venezuela (art. 435).

Además de si la vida de la persona gestante corre peligro, Bolivia (art. 266), Brasil (art. 128), Chile (ley sobre la interrupción del embarazo) y Panamá (art. 144) permiten el aborto si el embarazo es resultado de una violación o si la vida del feto no es viable. Ecuador restringe el derecho a abortar por violación solo a personas con una discapacidad mental (art. 150) y no recoge el derecho a hacerlo por inviabilidad de la vida del feto.

Aborto prohibido bajo cualquier circunstancia

Aun con la realidad que vive la región, hay cinco países de Latinoamérica que prohíben el aborto bajo cualquier circunstancia. Estos son El Salvador (art. 133), Haití (art. 262), Honduras (artículos 126 – 132), Nicaragua (art. 143) y República Dominicana (artículos 317 – 318).

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